La Ley N° 3104, promulgada el 28 de julio de 2005, declara de prioridad departamental la transferencia del camino Aranjuez – Mohoza – Chicote – Grande – Cavari – Ayopaya, asignando su conservación, mantenimiento y ampliación a la responsabilidad del departamento. Autoriza a la Prefectura del Departamento de La Paz y otras instancias del Poder Ejecutivo a gestionar y asignar recursos económicos necesarios para estas actividades, en coordinación con los Gobiernos Municipales involucrados.
LEY N° 3104
LEY DE 28 DE JULIO DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1º. Declárase de prioridad departamental y necesidad regional la transferencia del camino Aranjuez – Mohoza – Chicote – Grande – Cavari – Ayopaya, a responsabilidad y competencia departamental, para la conservación, mantenimiento y ampliación de la ruta que conecta a los Municipios de Colquiri e Inquisivi de la Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz y hacia el Cantón Lirimani, Municipio Independencia, Provincia Ayopaya del Departamento de Cochabamba.
ARTICULO 2º. Autorízase a la Prefectura del Departamento de La Paz y demás instancias pertinentes del Poder Ejecutivo, gestionar, programar y otorgar los recursos económicos necesarios para que a través del Servicio Departamental de Caminos, se proceda a la conservación, mantenimiento y ampliación de la ruta mencionada en la presente Ley, en coordinación con los Gobiernos Municipales de los Municipios que comprenden este proyecto.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de julio de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Erick Reyes Villa B., Ernesto Suárez Sattori.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla, Mario Moreno Viruéz.