La Ley Nº 311 concede una pensión vitalicia de mil pesos bolivianos ($b. 1.000.-) al Capitán Zoilo Guerrero Alarcón, en reconocimiento a sus servicios a la Nación, a partir de 1964, con cargo al Presupuesto General de la Nación. La ley fue promulgada el 15 de enero de 1964.
LEY Nº 311
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. En mérito y reconocimiento a los servicios prestados a la Nación por el ciudadano Capitán ZOILO GUERRERO ALARCON, concédesele la pensión vitalicia de un mil pesos bolivianos ($b. 1.000.-), a partir de la gestión de 1964 y con cargo al Presupuesto General de la Nación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 19 de diciembre de 1963.
Fdo. Adrián Barrenechea, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ismael Olivares, Senador Secretario, E. Zuazo Cuenca, Senador Secretario, Alfredo Aguirre, Diputado Secretario, Ramón Oliden, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Augusto Cuadros Sánchez, Ministro de Hacienda y Estadística