La Ley Nº 312 declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de 38.000 m² en la zona El Solterito y 40.000 m² en la zona de Las Cuadras, de propiedad de Enrique Sánchez de Lozada y José Antonio Quiroga, respectivamente, a favor de la organización de inquilinos San Pedro. La Prefectura del Departamento de Cochabamba es responsable de seguir el trámite de expropiación conforme a la normativa vigente, y los beneficiados deberán pagar el valor de la expropiación según lo establecido en la Ley de reforma urbana.
LEY Nº 312
JUAN LECHIN OQUENDO
VICEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Y PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Declárese de necesidad y utilidad públicas la expropiación en la ciudad de Cochabamba, 38.000 m2. en la zona El Solterito, de propiedad de Enrique Sánchez de Lozada; 40.000 m2. en la zona de Las Cuadras, de José Antonio Quiroga, a favor de la organización de inquilinos San Pedro.
Artículo 2. La Prefectura del Departamento de Cochabamba, seguirá el trámite de expropiación de acuerdo a las disposiciones legales en vigencia.
Artículo 3. Los beneficiados pagarán el valor de la expropiación de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de reforma urbana.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 18 de diciembre de 1963.
Fdo. José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ismael Olivares, Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Alfredo Aguirre, Diputado Secretario, Germán Claros, Diputado Secretario.
Por tanto de conformidad con lo prescrito por el artículo 81 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio Legislativo de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. JUAN LECHIN OQUENDO, Vicepresidente Constitucional de la República y Presidente del H. Congreso Nacional.