La Ley N° 3143 autoriza al Gobierno Municipal de El Alto a transferir, a título oneroso y conforme al valor catastral vigente, veintisiete lotes de terreno con una superficie total de 4.463,12 m², ubicados en la Villa 31 de Octubre – Anexo Santa Rosa, a ex trabajadores mineros relocalizados. Esta transferencia debe realizarse de acuerdo con la Ordenanza Municipal Nº 141/2004 y las Resoluciones Técnico Administrativas Nos. 165/04 y 175/04, así como con las disposiciones legales vigentes.
LEY N° 3143
LEY DE 15 DE AGOSTO DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. De conformidad con lo establecido por el Artículo 59, atribución 7ª de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de El Alto la transferencia, a título oneroso y de acuerdo al valor catastral vigente al momento de la transacción, de veintisiete (27) lotes de terreno, con una extensión superficial de 4.463,12 m2, ubicados en la Villa 31 de Octubre – Anexo Santa Rosa de la ciudad de El Alto, en favor de los ex trabajadores mineros relocalizados y de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 141/2004, de 17 de agosto de 2004, las Resoluciones Técnico Administrativas Nos. 165/04 y 175/04 y las disposiciones legales en vigencia.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco años.
Fdo. Mario Diego Justiniano A. Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de agosto de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla.