La Ley Nº 3154 autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija a transferir, a título oneroso, tres lotes de terreno en el campamento de la ex Industrias Agrícolas de Bermejo a la Agrupación Agropecuaria 1º de Mayo, que agrupa a los trabajadores compradores del Módulo Agropecuario. El precio de los lotes será determinado por un avalúo pericial y se aplicará una rebaja del 50%, con pago al contado.
LEY Nº 3154
LEY DE 25 DE AGOSTO DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1º. De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 7 de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija la transferencia, a título oneroso, de tres lotes de terreno ubicados dentro del campamento de la ex Industrias Agrícolas de Bermejo (IAB), los mismos que están identificados como lotes Nos. 1, 2 y 3 del manzano “C”, en favor de la Agrupación Agropecuaria 1º de Mayo, institución que agrupa a todos los trabajadores compradores del Módulo Agropecuario de la ex IAB y que actualmente ocupan estos inmuebles con su pulpería, cuyo derecho propietario figura en la Partida Nº 412 del Libro Primero de Propiedad de la Provincia Arce inscrita al folio 2º del Segundo Anotador en fecha 27 de diciembre de 1996.
ARTICULO 2º. El precio a ser cancelado por estos tres lotes urbanos, será fijado de acuerdo al avalúo pericial realizado por autoridad competente y tendrá una rebaja del 50% tal como se procedió con la venta de las viviendas y su paga será al contado.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de agosto de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de agosto de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla.