La Ley N° 3165 autoriza al Gobierno Municipal de Villa Serrano a transferir, de forma gratuita y definitiva, un terreno de 5000 m² conocido como Campo Deportivo Villa Serrano a la Caja Nacional de Salud, con el propósito de construir y equipar el Centro de Salud Villa Serrano en la Provincia Belisario Boeto, Departamento de Chuquisaca. El Gobierno Municipal es responsable de la implementación de esta ley.
LEY N° 3165
LEY DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. De conformidad con el artículo 59, atribución 7ª de la Constitución Política del Estado, autorízase al Gobierno Municipal de Villa Serrano transferir, a título gratuito, y en forma definitiva el bien inmueble del terreno (Campo Deportivo Villa Serrano), que cuenta con una superficie de 5000 m2, a favor de la Caja Nacional de Salud, para la construcción y equipamiento del Centro de Salud Villa Serrano de la Provincia Belisario Boeto del Departamento de Chuquisaca.
ARTICULO 2. El Gobierno Municipal de Villa Serrano, queda encargado del cumplimiento de la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stefano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma,Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA,Iván Avilés Mantilla, Alvaro Muñoz Reyes Navarro.