La Ley N° 3172, promulgada el 30 de septiembre de 2005, declara de prioridad regional el asfaltado del tramo carretero Quillacollo-Choro, de 140 km, en el Departamento de Cochabamba. La Prefectura de Cochabamba debe incluir en su Plan Operativo Anual los recursos económicos necesarios para la ejecución de esta obra, asumiendo la responsabilidad de su construcción.
LEY N° 3172
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Declárase de prioridad regional, el asfaltado del tramo carretero Quillacollo (Provincia Quillacollo) – Choro (Provincia Ayopaya) del Departamento de Cochabamba con una extensión de 140 Km.
ARTICULO 2. La Prefectura del Departamento de Cochabamba a partir de la promulgación de la presente Ley, contemplará recursos económicos en su Plan Operativo Anual de la gestión correspondiente, asumiendo la responsabilidad de ejecutar la construcción del pavimento descrito en el Artículo 1 de la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Iván Avilés Mantilla.