La Ley N° 3181, promulgada el 30 de septiembre de 2005, declara de necesidad regional y departamental el Manejo Integral Sostenible de las Cuencas de los ríos Tapacarí, Viloma, Pancoruma y Río Seco, con el objetivo de promover el aprovechamiento sostenible de recursos naturales y mejorar la productividad agropecuaria en los municipios de Sipe Sipe y Tapacarí, en el Departamento de Cochabamba. Se instruye al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y el Ministerio de Desarrollo Sostenible, a implementar esta ley.
LEY N° 3181
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Declárese de necesidad regional y departamental el Manejo Integral Sostenible de las Cuencas de los ríos de Tapacarí, Viloma, Pancoruma y Río Seco, para el aprovechamiento sostenible de recursos naturales, mediante el uso adecuado de la explotación de áridos y mejorar la productividad agropecuaria en las poblaciones del Municipio de Sipe Sipe y Tapacarí del Departamento de Cochabamba.
ARTICULO 2. Se instruye al Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Ministerio de Desarrollo Sostenible y la Prefectura de Cochabamba, dar cumplimiento a la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Iván Avilés Mantilla, Martha Bozo Espinoza, Guillermo Ribera Cuellar.