La Ley N° 3193 establece la "Semana de la Competitividad y el Emprendedorismo" con el objetivo de promover el desarrollo de iniciativas y la mentalidad empresarial en todos los sectores de la sociedad, desde la niñez hasta la juventud. Se instruye a cada Departamento a organizar actividades relacionadas con la competitividad, la productividad, la generación de empleos y las exportaciones. La ley busca facilitar la colaboración entre instituciones públicas y privadas para impulsar el emprendimiento en el país.
LEY N° 3193
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. De conformidad con los Artículos 7, 8, 141 y 144 de la Constitución Política del Estado, con el objetivo de impulsar y facilitar el desarrollo de la “Competitividad y el Emprendedorismo”, se establece la semana de la “Competitividad y el Emprendedorismo” en el cual todas las instituciones públicas y privadas, empresariales, cívicas, educativas, realicen actividades relacionadas con el desarrollo de las iniciativas, emprendimientos y fomento de la mentalidad empresarial con el fin de impulsar la competitividad del país a través de la productividad, la generación de empleos, las exportaciones, empezando desde la niñez, la juventud llegando a todos los estratos de la sociedad en su conjunto.
ARTICULO 2. Cada Departamento establecerá la semana de la “Competitividad y Emprendedorismo”.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Iván Avilés Mantilla, Carlos Díaz Villavicencio.