La Ley N° 3200, promulgada el 30 de septiembre de 2005, declara de prioridad departamental la construcción del nuevo Hospital de Segundo Nivel en Quillacollo. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar financiamiento para su construcción y equipamiento. Además, establece que la Alcaldía Municipal de Quillacollo debe realizar, en un plazo máximo de seis meses, los estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseño final del proyecto.
LEY N° 3200
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Declárese de prioridad departamental, el nuevo Hospital de Segundo Nivel de Quillacollo en la jurisdicción Capital de la Provincia.
ARTICULO 2. Autorízase al Poder Ejecutivo, la realización de gestiones para obtener el financiamiento para la construcción y equipamiento del Hospital Regional de Segundo Nivel.
ARTICULO 3. La Honorable Alcaldía Municipal de Quillacollo, en un plazo no mayor de seis meses, deberá realizar los estudios de prefactibilidad y factibilidad y diseño final del proyecto del nuevo Hospital de Quillacollo de Segundo Nivel.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Iván Avilés Mantilla, Alvaro Muñoz Reyes Navarro.