La Ley N° 3206, promulgada el 30 de septiembre de 2005, declara de prioridad nacional y regional la industrialización de la papa en la Provincia Ayopaya, Cochabamba. El Poder Ejecutivo, en coordinación con los Ministerios de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Desarrollo Económico, y las Prefecturas y Municipios de la región, es responsable de gestionar los recursos económicos necesarios para esta industrialización y fomentar la producción y comercialización de la papa en mercados internos y externos.
LEY N° 3206
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Declárese de prioridad nacional y regional la industrialización de la papa (Solanum tuberosum) en la Provincia Ayopaya del Departamento de Cochabamba.
ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo a través de las instancias pertinentes, en coordinación con los Ministerios de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Desarrollo Económico, Prefectura de Cochabamba y los Municipios de Morochata e Independencia, gestionarán recursos económicos requeridos para desarrollar la industrialización, y también incentivarán la producción de papa, su comercialización a mercados internos y externos.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Iván Avilés Mantilla, Carlos Díaz Villavicencio, Guillermo Ribera Cuellar.