La Ley Nº 321 destina el impuesto de la sucesión de Virginia B. de Abel a la remodelación o reparación de la Escuela La Paz, ubicada en Trinidad, departamento del Beni. Se ordena su cumplimiento y se comunica al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
LEY Nº 321
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Destínase el impuesto de la sucesión de la señora Virginia B. de Abel a la remodelación o reparación de la Escuela La Paz, de la ciudad de Trinidad, del departamento del Beni.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 20 de diciembre de 1966.
Fdo. Edgar Jofré, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario, Tomás Guillermo Elío, Senador Secretario, Víctor Hoz de Vila B., Diputado Secretario, Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos sesentisiete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Presidente Constitucional de la República, José Romero Loza, Ministro de Hacienda, Marcelo Galindo de U.