La Ley N° 3220, promulgada el 30 de septiembre de 2005, establece como prioridad regional y departamental la creación de un Centro de Formación de Técnicos en Pedagogía en la Provincia Bolívar, Departamento de Cochabamba. Se instruye al Ministerio de Educación, en coordinación con la Prefectura de Cochabamba y el Municipio, a programar y garantizar la implementación de esta ley.
LEY N° 3220
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Declárese de prioridad regional y departamental la implementación del Centro de Formación a nivel de Técnicos en Pedagogía, en la Provincia Bolívar del Departamento de Cochabamba.
ARTICULO 2. Se instruye al Ministerio de Educación en coordinación con la Prefectura del Departamento de Cochabamba y el Municipio, programar el cumplimiento de la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Iván Avilés Mantilla.