La Ley N° 3241, promulgada el 22 de noviembre de 2005, ratifica el "Acuerdo entre la República de Bolivia y la República Argentina sobre la Construcción del Puente en el Paso Fronterizo Salvador Mazza – Yacuiba", firmado el 19 de marzo de 2004 en Buenos Aires. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su implementación conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado.
LEY N° 3241
LEY DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. De conformidad al artículo 59º, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Acuerdo entre la República de Bolivia y la República Argentina sobre la Construcción del Puente en el Paso Fronterizo Salvador Mazza – Yacuiba”, suscrito en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 19 de marzo de 2004.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de noviembre de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla, Armando Loayza Mariaca.