La Ley N° 3245, promulgada el 23 de noviembre de 2005, aprueba y ratifica el "Tratado entre la República de Bolivia y la República del Paraguay sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores bajo Tratamiento Especial", firmado el 11 de julio de 2000 en La Paz. Esta norma se emite conforme al Artículo 59º, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, y se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 3245
LEY DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el “Tratado entre la República de Bolivia y la República del Paraguay sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores bajo Tratamiento Especial”, suscrito en la ciudad de La Paz, el 11 de julio de 2000.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de noviembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla, Armando Loayza Mariaca.