La Ley Nº 325 crea el cantón Tunapa en la provincia Atahuallpa del departamento de Oruro, estableciendo sus límites geográficos con las poblaciones circundantes. El Instituto Geográfico Militar es designado para realizar las operaciones de delimitación del nuevo cantón, conforme al decreto supremo de 5 de diciembre de 1960. La ley fue promulgada el 27 de enero de 1967.
LEY Nº 325
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Créase el cantón Tunapa, en la provincia Atahuallpa del departamento de Oruro, cuyos límtes serán: por el norte, con las poblaciones de Negrillos y Collana; por el sur, con Canaza y Pacariza; por el este, con Litoral y Pacariza; por el oeste, con Carangas.
Artículo 2. De conformidad al artículo 6º del decreto supremo de 5 de diciembre de 1960, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar las operaciones de delimitación del cantón Tunapa.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 11 de enero de 1967.
Fdo. Edgar Jofré, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario, Tomás Guillermo Elío, Senador Secretario, Víctor Hoz de Vila B., Diputado Secretario, Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos sesentisiete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Presidente Constitucional de la República, Dr. Antonio Arguedas M., Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración, Marcelo Galindo de Ugarte, Ministro Secretario General de la Presidencia.