La Ley N° 3260 autoriza al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría Ejecutiva del Programa PL-480, a transferir gratuitamente terrenos a la Fuerza Naval Boliviana en Riberalta, con el fin de fortalecer su infraestructura mediante la construcción de viviendas y un Centro de Capacitación. Se especifican cinco lotes con sus respectivas características y colindancias. La transferencia se formalizará mediante una minuta que otorgará derechos de propiedad a la Fuerza Naval, eximiéndola de impuestos, salvo los municipales, y estableciendo un arancel de UFVs 100 para la protocolización. El Primer Distrito Naval será responsable de los trámites y registros necesarios.
LEY N° 3260
LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Se autoriza al Ministerio de Hacienda, que a través de la Secretaría Ejecutiva del Programa PL-480, Título III, institución pública descentralizada, transferir a título gratuito y definitivo, en favor de las Fuerzas Armadas de la Nación – Fuerza Naval Boliviana, los siguientes terrenos ubicados en la ciudad de Riberalta:
Dirección: Urbanización Los Almendros, Av. Fuerza Naval, Distrito 6 zona A.R, Manzana 272, lotes 1-2-3 y 4.
Superficie: Lote de 10.000 m2
Colindancias: Norte: Av. Leopoldo Martins, Sur: Av. Francisco Bazán, Este: Av. Fuerza Naval, Oeste: Av. Mariscal Andrés de Santa Cruz.
Dirección: Urbanización Los Tajibos, calle Tamarindo, lotes A-38-21 y A-39-22
Superficie: Lote de 20.000 m2
Colindancias: Norte: Av. s/n Sur: Av. s/n Este: Av. s/n y Oeste: Av. s/n.
Dirección: Av. Beni Mamoré s/n Manzana 86, lote 304, zona A.
Superficie: Lote de 950 m2
Colindancias: Norte: Av. Beni Mamoré, Sur: Elena V. de Urresti, Este: Adrián Balcázar y Oeste: José Parada.
Dirección: Urbanización Verdolago, Manzana 11, zona C.
Superficie: Lote de 10.000 m2.
Colindancias: Norte: Av. Palo María, Sur: Av. Sauce, Este: Av. Amarillo y Oeste: Av. Almendrillo.
Dirección: Calle Cosme Gutiérrez, esquina Av. Del Ejército, 01-1 A.
Superficie: Lote de 650 m2
Colindancias: Norte: vecino, Sur: Av. Ejército Nacional, Este: vecino y Oeste; calle Cosme Gutiérrez.
ARTICULO 2º: Dichos bienes inmuebles serán destinados al fortalecimiento institucional de la Fuerza Naval Boliviana, mediante la construcción de viviendas funcionales para el personal y construcción de un Centro de Capacitación para Oficiales Navales del Grupo de Tareas Especiales Diablos Azules, para la Lucha Contra el Narcotráfico y el Transporte de Estupefacientes de acuerdo al Programa Operativo Anual (POA) del Primer Distrito Naval de Riberalta.
ARTICULO 3º. La Secretaría Ejecutiva del Programa PL-480, extenderá la respectiva minuta de traslado de dominio, en favor de la Fuerza Naval Boliviana, la cual permitirá a la Fuerza Naval Boliviana ejercer el respectivo Derecho Propietario. Para efectos de su regularización y en razón a que la transferencia se realiza entre entidades públicas, además del destino de los terrenos en beneficio de los componentes del Primer Distrito Naval de la ciudad de Riberalta, se dispone la exención de cualquier tipo de impuesto, gravamen o derecho que grave la misma, excepto los impuestos municipales.
Los gastos de protocolización ante la Notaría de Gobierno de los documentos de transferencia, tendrán un arancel único de UFVs 100.- los cuales serán pagados por el beneficiario.
ARTICULO 4. El Primer Distrito Naval de la ciudad de Riberalta, es el encargado de realizar los trámites y registros correspondientes.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Oscar Silva Flores Ministro Interino de la Presidencia, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte.