La Ley N° 3262, promulgada el 8 de diciembre de 2005, declara de prioridad nacional la construcción del Instituto Beniano de Bellas Artes en Trinidad, Beni. Se instruye a los Ministerios de Educación y Hacienda a incluir en el presupuesto de 2006 la partida necesaria para la construcción, utilizando recursos del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS). El proyecto cuenta con terreno en Comodato, diseño final y una contraparte del 20% de la Prefectura del Beni, así como una ley para la dotación de ítems, lo que permitirá su desarrollo académico e institucional.
LEY N° 3262
LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Se declara de prioridad nacional, la construcción del Instituto Beniano de Bellas Artes, en la ciudad de Trinidad, Capital del Departamento del Beni.
ARTICULO 2. Se encomienda a los Ministerios de Educación y Hacienda, incorporar en el presupuesto del año 2006, la partida correspondiente para la construcción de la infraestructura del Instituto Beniano de Bellas Artes, con recursos del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), toda vez que el mencionado proyecto fiscal cuenta con terreno transferido en Comodato, diseño final, contraparte del 20% de la Prefectura del Beni y una Ley para la dotación de sus itemes, con lo que podrá emprender su pleno desarrollo académico e institucional.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Aurelio Ambrosio Muruchi, Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Oscar Silva Flores Ministro Interino de la Presidencia, Waldo M. Gutiérrez Iriarte.