La Ley N° 3263, promulgada el 8 de diciembre de 2005, declara a los caciques indígenas Gabriel Ojeari y Juan Maraza como Héroes Nacionales de la Independencia y Protectores del territorio Mojeño y boliviano, reconociendo su contribución a la libertad americana. Se establece la obligación de rendirles los honores correspondientes a su estatus histórico. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 3263
LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. Declárese Héroes Nacionales de la Independencia y Protectores del territorio Mojeño y boliviano, hoy Departamento del Beni, a los caciques indígenas Gabriel Ojeari, de la etnia Baure y Juan Maraza, de la etnia Canichana, debiendo tributársele los honores que la historia le tiene reservado a los patriotas que lucharon y dieron su sangre por la libertad americana.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Aurelio Ambrosio Muruchi, Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Oscar Silva Flores Ministro Interino de la Presidencia, Fernando Suárez Da Silva Ministro Interino de Desarrollo Económico, María Cristina Mejía Barragán.