La Ley N° 3266, promulgada el 8 de diciembre de 2005, declara de prioridad nacional la promoción turística de las Misiones Jesuíticas de Mojos (Loreto, San Pedro y San Ignacio de Mojos) en el Departamento del Beni. Autoriza al Poder Ejecutivo a asignar los recursos técnicos y económicos necesarios para su implementación.
LEY N° 3266
LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Declárese de prioridad nacional, la promoción turística de las Misiones Jesuíticas de Mojos: Loreto, San Pedro y San Ignacio de Mojos del Departamento del Beni.
ARTICULO 2. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través de las instancias nacionales y departamentales, la asignación de los recursos técnicos y económicos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Aurelio Ambrosio Muruchi, Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
FDO. SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Oscar Silva Flores Ministro Interino de la Presidencia, Fernando Suárez Da Silva Ministro Interino de Desarrollo Económico.