La Ley N° 3289, promulgada el 12 de diciembre de 2005, aprueba la ratificación del "Convenio de Sede" entre el Gobierno de Bolivia y la Unión Latina, firmado el 29 de marzo de 2004. La ley establece que el convenio entrará en vigencia una vez que el Gobierno de Bolivia notifique a la Unión Latina sobre el cumplimiento del procedimiento interno de ratificación. Se remite al Poder Ejecutivo para su implementación.
LEY N° 3289
LEY DE 12 DE DICIEMBRE DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Convenio de Sede” suscrito entre el Gobierno de la República de Bolivia y la Unión Latina, el 29 de marzo de 2004.
Conforme a lo estipulado en el Acuerdo, éste entrará en vigencia en la fecha en la que el Gobierno de Bolivia comunique a la Unión Latina, el cumplimiento del procedimiento interno de ratificación.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla.