La Ley N° 3297, promulgada el 12 de diciembre de 2005, ratifica las enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional, relacionadas con la institucionalización del Comité de Facilitación del Tráfico Marítimo Internacional, aprobadas en noviembre de 1991. Las enmiendas entrarán en vigencia una vez que 109 Estados Miembros las hayan aceptado. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 3297
LEY DE 12 DE DICIEMBRE DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO. De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación de las “Enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional, referente a la Institucionalización del Comité de Facilitación del Tráfico Marítimo Internacional”, aprobada en el Décimo Séptimo Período de Sesiones de la Organización, celebrado en noviembre de 1991.
Conforme a lo estipulado, las enmiendas entrarán en vigencia, a partir de la fecha en que 109 Estados Miembros las hayan aceptado.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla.