Ley N° 331
11 DE NOVIEMBRE DE 1967 .- Amplia plazo para que Comité Cuarto Centenario de la Fundación de Cochabamba elabore Plan de Obras, Inversiones y Celebraciones.
LEY Nº 331
RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Se amplía hasta el 30 de septiembre de 1968 el plazo para que el Comité Cuarto Centenario de la Fundación de Cochabamba elabore el Plan de Obras, Inversiones y Celebraciones a que se refiere el artículo 10º de la Ley de 13 de enero de 1967.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 5 de septiembre de 1967.
Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y siete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Hugo Zárate Barrau.