La Ley Nº 3871, promulgada el 26 de mayo de 2008, modifica el Artículo Único de la Ley N° 1404 de 1992, autorizando al Poder Ejecutivo la transferencia onerosa del inmueble del ex Banco Minero de Bolivia, ubicado en Tupiza, a la Alcaldía Municipal de Tupiza. Este inmueble se destinará al funcionamiento del Centro Integrado de Educación de Adultos y No Formal “Juan Justo Arano”. La ley establece las colindancias del inmueble y remite la autorización al Poder Ejecutivo para su ejecución.
LEY Nº 3871
LEY DE 26 DE MAYO DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- Modifícase el Artículo Único de la Ley N° 1404 de 18 de diciembre de 1992, en los siguientes términos:
“Se autoriza al Poder Ejecutivo la transferencia, a título oneroso, del inmueble de propiedad del ex Banco Minero de Bolivia, ubicado en la calle Suipacha s/n de la ciudad de Tupiza, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, cuyas colindancias son: al Norte con la calle 9 de abril; al Sur, con la calle Suipacha; al Este, con la avenida Barrientos, y; al Oeste, con la avenida Pedro Arraya, a favor de la Alcaldía Municipal de Tupiza y con destino al funcionamiento del Centro Integrado de Educación de Adultos y No Formal “Juan Justo Arano”.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fredy Omar Fernández Quiroga, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil ocho años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, María Magdalena Cajías de la Vega.