La Ley N° 391 transfiere, a título gratuito, un inmueble del Ministerio de Hacienda al Comité Departamental de Deportes del Beni, ubicado en la calle Mamoré de Trinidad, con el propósito de construir un coliseo deportivo. Esta transferencia debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 391
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
a.i.
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ArtículoÚnico. Transfiérese, a título gratuito, en favor del Comité Departamental de Deportes del Beni, el inmueble perteneciente al Ministerio de Hacienda, situado en la calle Mamoré de la ciudad de Trinidad, destinandoselo para la construcción de un coliseo deportivo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 15 de diciembre de 1967.
Fdo. Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Rios Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario, Germán Vargas Martinez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Presidente Constitucional de la República a.i.,José Romero Loza.