La Ley Nº 3997 autoriza a la Alcaldía Municipal de Quillacollo y al Consejo de la Judicatura a realizar una permuta de bienes inmuebles: un terreno de 3.701,80 m² en la calle “14 de Septiembre” por un edificio de cuatro plantas de 368,23 m² en la calle “Cleomende Blanco”, ambos ubicados en Quillacollo. Esta acción se fundamenta en el artículo 59, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado. La ley fue promulgada el 12 de enero de 2009.
LEY Nº 3997
LEY DE 12 DE ENERO DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- De conformidad con lo establecido por el artículo 59, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Alcaldía Municipal de Quillacollo y al Consejo de la Judicatura transferir, en calidad de permuta, un terreno con una extensión superficial de 3.701,80 m2, ubicado en la calle “14 de Septiembre”, esquina avenida “Germán Busch” de la zona de Santo Domingo del Distrito IV de la ciudad de Quillacollo, perteneciente al Municipio de Quillacollo, por un bien inmueble de cuatro (4) plantas construídas, con una extensión superficial de 368,23 m2, ubicado en el Nº 142 de la calle “Cleomende Blanco”, entre las calles “Pacheco” y “6 de Agosto”, de la ciudad de Quillacollo, perteneciente al Consejo de la Judicatura.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Peter Maldonado Bakovic.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de dos mil nueve años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Celima Torrico Rojas.