La Ley Nº 4073, promulgada el 29 de julio de 2009, aprueba el Convenio de Crédito AIF Nº 4558-BO entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento del Banco Mundial, por un monto de hasta 19.900.000 DEG, destinado a financiar la ampliación del Proyecto de Alianzas Rurales, conforme al Convenio de Crédito AIF Nº 4068-BO. La ley se remite al Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 4073
LEY DE 29 DE JULIO DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 158, atribución 10ª, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito AIF Nº 4558-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento – AIF del Banco Mundial, por la suma de hasta DEG S 19.900.000.- (Diecinueve Millones Novecientos Mil 00/100 Derechos Especiales de Giro), destinados a ampliar el financiamiento del Proyecto de Alianzas Rurales, establecido en el Convenio de Crédito AIF Nº 4068-BO.
Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de julio de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Véliz, Martín Mollo Soto, Jorge M. Becerra Monje
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de julio de dos mil nueve años.