La Ley N° 409 cede y transfiere de manera gratuita al Jardín de Niños “Manuel Ascencio Villarroel” de Cochabamba el espacio que ocupa en un edificio adquirido por el Ministerio de Educación, destinado al Colegio “Mejillones” y la Escuela “Litoral” de la Asociación de Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús, mediante escritura pública del 6 de julio del mismo año. La ley debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 409
DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Se cede y transfiere a título gratuito, en favor del Jardín de Niños “Manuel Ascencio Villarroel” de la ciudad de Cochabamba, la parte que actualmente ocupa ese establecimiento en el edificio comprado por el Ministerio de Educación, mediante escritura pública de fecha 6 de julio del presente año, para el Colegio “Mejillones” y la Escuela “Litoral” de la Asociación de Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional
La Paz, 11 de diciembre de 1968
Firmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, Conrado Peramás Cardona, Diputado Secretario.
Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y ocho años.
DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Presidente del H. Congreso Nacional, Oscar Ortíz Avaroma, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario.