El Decreto Supremo Nº 3453, Ley Nº 446, declara el Santuario Mariano de la Torre en la comunidad Chochis, Municipio de Roboré, como Patrimonio Cultural e Histórico del Pueblo Boliviano. Establece que el Ministerio de Culturas y Turismo, junto con el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz y el Gobierno Autónomo Municipal de Roboré, deberán implementar políticas públicas y proyectos para la preservación, restauración y promoción del santuario, coordinando acciones según sus competencias.
LEY Nº 446
LEY DE 2 DE DICIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Se declara Patrimonio Cultural e Histórico del Pueblo Boliviano, al Santuario Mariano de la Torre de la comunidad Chochis, ubicado en el Municipio de Roboré de la Provincia Chiquitos del Departamento de Santa Cruz.
Artículo 2. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz y el Gobierno Autónomo Municipal de Roboré, de acuerdo a sus competencias y la coordinación institucional, implementarán políticas públicas y proyectos de preservación, restauración y promoción del Santuario Mariano de la Torre de la comunidad Chochis.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil trece.
Fdo. Nélida Sifuentes Cueto, Lucio Marca Mamani, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Galo Silvestre Bonifaz, Ángel David Cortés Villegas,
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.