La Ley N° 449 aprueba el Convenio de Cooperación Agropecuaria entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de Israel, firmado el 7 de febrero de 1964. Este convenio, que consta de doce artículos, se destina a las Fuerzas Armadas de Bolivia. La ley fue sancionada por el Congreso Nacional y se comunica al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 449
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Apruébase en sus doce artículos el Convenio entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de Israel sobre Cooperación Agropecuaria a las Fuerzas Armadas de Bolivia, firmado en La Paz, el 7 de febrero de 1964 por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, señor Fernando Iturralde Chinel y el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Israel, señor Netanel Lorch.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de diciembre de 1968.
Fdo. Dr. Luis Adolfo Siles Salinas, Presidente del H. Congreso Nacional, Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Congresal Senador Secretario, Mario Olaguivel Cassón, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario, Alfredo Calvo Vera, Congresal Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO.