La Ley N° 451 ratifica la adhesión de Bolivia al Tratado para la proscripción de armas nucleares en América Latina, firmado en México el 14 de febrero de 1967, que consta de 31 artículos y un artículo transitorio. Se ordena su comunicación al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 451
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Ratifícase la adhesión de Bolivia al Tratado para la proscripción de armas nucleares en la América Latina suscrito en la ciudad de Méjico el 14 de Febrero de 1967 en sus 31 artículos y un artículo transitorio.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de diciembre de 1968.
Fdo. Dr. Luis Adolfo Siles Salinas, Presidente del H. Congreso Nacional, Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Congresal Senador Secretario, Mario Olaguivel Cassón, Congresal Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario, Alfredo Calvo Vera, Congresal Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO.