La Ley N° 490 eleva a rango de ley el Decreto Supremo N° 08794 de 1969, modificando el inciso a) del artículo 1°, que destina recursos al Comité de Obras Públicas del Departamento del Beni. Se asignan $b. 3.240.000 para 1970, $b. 4.800.000 para 1971 y $b. 9.600.000 anuales a partir de 1972, provenientes del mayor rendimiento del Estado por la supresión del "factor de agotamiento" de la producción petrolera privada. Si esta fuente de recursos disminuye, el Gobierno deberá crear recursos equivalentes para asegurar el financiamiento de las obras. Los fondos se depositarán en el Banco Central de Bolivia y se deducirán de los pagos del Tesoro Nacional a las empresas petroleras.
LEY N° 490
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo N° 08794, de 11 de junio de 1969, con la modificación del inciso a) del artículo 1°, que dirá:
ARTÍCULO 1. Destínase al Comité de Obras Públicas del Departamento del Beni, los siguientes recursos:
Los anteriores recursos se depositarán en el Banco Central de Bolivia, Agencia de Trinidad, y serán deducidos de cada pago que perciba el Tesoro Nacional, de las empresas petroleras.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 20 de agosto de 1969.
Julio Campero Trigo, Presidente del H. Senado, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Congresal Secretario, Wálter Morales Aguilar, Diputado Congresal Secretario, Mario Olaguivel Cassón, Senador Congresal Secretario, Froilán Ayllón Quevedo, Diputado Congresal Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Presidente Constitucional de la República, Luis D’Avis S., Ministro de Hacienda, Rodolfo Luzio Lazarte, Ministro Secretario General del Palacio de Gobierno.