La Ley N° 502, promulgada el 7 de marzo de 1980, establece la creación de la Provincia Tomás Barrón en el departamento de Oruro, con capital en Eucaliptus, que incluye las poblaciones de Quelcata, Alcamarca, Machacamarca, Taucamarca, Huscaroma y Amachuma. Los límites de la nueva provincia son: al norte, la provincia Aroma; al este, Panduro y Vilavila; al sur, Soledad; y al oeste, La Joya. El Instituto Geográfico Militar es responsable de realizar las delimitaciones, elaborar el plano correspondiente y fijar los hitos.
LEY N° 502
LEY DE 7 DE MARZO DE 1980
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Créase la Provincia Tomás Barrón en el departamento de Oruro, con capital Eucaliptus, la misma que comprenderá en su jurisdicción las poblaciones de Quelcata, Alcamarca, Machacamarca, Taucamarca, Huscaroma y Amachuma. Los límites de la nueva provincia, son los siguientes: al norte, con la provincia Aroma; al este, con Panduro y Vilavila; al sur, con Soledad; y, al oeste, con La Joya.
Artículo 2. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6o del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la nueva provincia, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 26 de febrero de 1980.
Fdo. DR. WALTER GUEVARA ARZE, Presidente del H. Senado Nacional, Dr. Jose Zegarra Cerruto, Presidente de la H. Cámara de Diputados, H. William Bluske C., Senador Secretario, H. Luis Añes Alvarez, Senador Secretario, Dr. Jorge Alderete Rosales, Diputado Secretario, H. Jaime Villegas Duran, Diputado Secretario.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete dias del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Jorge Selum Vaca Diez.