La Ley N° 503, promulgada el 12 de marzo de 1980, establece la creación del Cantón Caracota en la Provincia Carangas del Departamento de Oruro, definiendo sus límites geográficos: al norte con Pacoyo, al sur con Ancokala, al oeste con el Ayllu Sulcavi y al este con Toledo. El Instituto Geográfico Militar es responsable de la delimitación correspondiente, conforme al Artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950. La ley debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 503
LEY DE 12 DE MARZO DE 1980
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Créase el Cantón CARACOTA de la Provincia Carangas del Departamento de Oruro, cuyos límites son: al Norte con Pacoyo; al Sud con Ancokala; al Oeste con el Ayllu Sulcavi; al Este con Toledo, capital de la Provincia Saucari.
Artículo 2. De conformidad con el Artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar hará la correspondiente delimitación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 26 de febrero de 1980
Fdo. DR. WALTER GUEVARA ARZE, Presidente de la H. Cámara de Senadores, Dr. Jose Zegarra Cerruto, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Dr. Benjamin Miguel H., Senador Secretario, H. Luis Añes Alvarez, Senador Secretario, Dr. Jorge Alderete R., Diputado Secretario, H. Justiniano Ninavia C., Diputado Secretario.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de Marzo de mil novecientos ochenta años.
FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Jorge Selum Vaca Diez.