La Ley N° 532, promulgada el 4 de febrero de 1983, establece la creación del Cantón Cohana en la Provincia Los Andes, Departamento de La Paz, definiendo sus límites geográficos: al Norte con la comunidad Pachjiri y el Lago Titicaca, al Sur con la comunidad Yayas, al Este con la comunidad Chojasivi, y al Oeste con la comunidad Cumana. El Instituto Geográfico Militar es designado responsable de realizar las delimitaciones, elaborar el plano correspondiente y establecer los hitos necesarios.
LEY N° 532
LEY DE 4 DE FEBRERO DE 1983
DR. HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Articulo 1. Créase el Cantón Cohana de la jurisdicción de la Provincia Los Andes del Departamento de La Paz, cuyos límites son los siguientes: Al Norte, con la comunidad Pachjiri y el Lago Titicaca; al Sur con la comunidad Yayas; al Este con la comunidad Chojasivi, y al Oeste con la Comunidad Cumana.
Articulo 2. El Instituto Geográfico Militar, con conformidad al Artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones del cantón COHANA, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Sala de Sesiones del Honorable Senado Nacional.
La Paz, 25 de Enero de 1983.
FDO. Julio Garret Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Héctor Ormachea Peñaranda, Luis Añez Alvarez, Willy Vargas Vacaflor, Pablo Steimbach Moreno.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. DR. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Roncal Antezana.