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Ley537A Vigente

Ley N° 537A

Órgano Legislativo
14 de abril de 1980Vigente desde 14 de abril de 1980

14 DE ABRIL DE 1980 .- Crease la quinta sección de la Provincia Carrasco en Cochabamba,capital Puerto Villarroel.

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LEY Nº 537

LEY DE 14 DE ABRIL DE 1980

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1

Créase la quinta sección de la provincia Carrasco del departamento de Cochabamba, con capital Puerto Villarroel, estando comprendidos dentro de su jurisdicción los cantones Ibirgarsama, Valle Ibirsa y Mariposas. Los límites de la quinta sección son los siguientes: al norte, las confluencias de los ríos Chimoré e Ichilo; al sur, con el paralelo 17º 15'; al este, con el límite natural del río Isarzama, hasta sus nacientes; y, al oeste, con el río Chimoré, hasta la confluencia del río Cezarsama y éste hasta sus nacientes.

Artículo 2

El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la nueva sección, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional

La Paz, 18 de marzo de 1980.

Fdo. Dr. Walter Guevara Arze

Presidente del H. Senado Nacional

Fdo. José Zegarra Cerruto

Presidente de la H. Cámara de Diputados

Fdo. Dr. Benjamin Miguel Harb

Senador Secretario

Fdo. H. Luis Añez Alvarez

Senador Secretario

Fdo. Jorge Alderete R.

Diputado Secretario

Fdo. Jaime Villegas D.

Diputado Secretario

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de abril de mil novecientos ochenta años.

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA,

Presidenta Constitucional

Interina de la República

Fdo. Antonio Arnez Camacho

Ministro del Interior,

Migración y Justicia.

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