La Ley N° 54 establece una pensión vitalicia de Bs. 600.000 mensuales a favor de Emma Aramayo v. de Jordán, en reconocimiento a los servicios del General Jorge Jordán Mercado, héroe de la Campaña del Chaco, fallecido en 1955. La ley debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
**LEY N° 54
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VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- Reconócese la pensión vitalicia de Bs. 600.000.- mensuales**,** en favor de la señora Emma Aramayo v. de Jordán, en mérito a los eminentes servicios prestados al país por el señor General Jorge Jordán Mercado, considerado héroe de la Campaña del Chaco y fallecido el año 1955 en servicio activo, en calidad de Jefe de Estado Mayor de Aviación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de diciembre de 1960.
Fdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional, E. Ayala Mercado, Presidente de la H. Cámara de Diputados, F. Ayala Requena, Senador Secretario, Alberto Lavadenz, Senador Secretario, Armando Mollinedo, Diputado Secretario, Gmo. Muñoz de la B., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, A. Cuadros Sánchez, Ministro de Hacienda y Estadística.