La Ley N° 540-A, promulgada el 16 de marzo de 1983, aprueba y ratifica el "Tratado Constitutivo del Parlamento Andino", firmado el 25 de octubre de 1979 por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, que consta de cuatro capítulos y 22 artículos. Se remite al Poder Ejecutivo para su promulgación y cumplimiento como ley de la República.
LEY N° 540 - A
LEY DE 16 DE MARZO DE 1983
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Apruébase y ratifícase el “Tratado Constitutivo del Parlamento Andino”, suscrito en la ciudad de La Paz, en fecha 25 de octubre de 1979, entre Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, en sus cuatro capítulos y 22 artículos.
Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 16 de Marzo de 1983.
Fdo. Julio Garret Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Héctor Hormachea Peñaranda, Luís Añez Alvarez, Willy Vargas Vacaflor, Pablo Steimbach Moreno.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y seis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Horacio Torres Guzmán.