La Ley N° 557 autoriza al Poder Ejecutivo a enajenar un lote de terreno del Ministerio de Finanzas a la Agencia Regional de la Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal de Oruro para la construcción de un edificio polifuncional. Se establece un plazo de 5 años para iniciar y concluir la obra, con la condición de que el incumplimiento anula la transferencia. La agencia deberá pagar al Poder Ejecutivo el costo de la recatastración del terreno. Además, se abroga el Decreto Supremo No 17814 del 27 de noviembre de 1980.
LEY N° 557
LEY DE 6 DE JUNIO DE 1983
LIC. JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Articulo Primero.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, enajenar a título oneroso, el lote de terreno de propiedad del Ministerio de Finanzas, situado en la calle La Plata, de la ciudad de Oruro, en favor de la Agencia Regional de la Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal de Oruro, para la construcción de un moderno edificio polifuncional.
Articulo Segundo.- Se otorga el plazo de 5 años, a partir de la fecha de promulgación de esta Ley, para la iniciación y construcción de esta obra. En caso de incumplimiento en el plazo estipulado, quedará nula esta transferenia.
Articulo Tercero.- La Agencia Regional de la Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal de Oruro, cancelará al Poder Ejecutivo el monto resultante de la recatastración de su actual avalúo.
Articulo Cuarto.- Queda abrogado el Decreto Supremo No 17814 del 27 de noviembre de 1980.
Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 5 de mayo de 1983.
FDO. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Héctor Ormachea Peñaranda, Luis Añez Alvarez. Willy Vargas Vacaflor, Pablo Steimbach Moreno.
Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulga para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. LIC. JAIME PAZ ZAMORA, Luis Añez Alvarez, Guillermo Richter Ascimani.