La Ley Nº 6 establece la creación del cantón de la Provincia Pacajes, que incluye las comunidades de Pahaza, Sique, Taracollo, Condoraca y Jumita Condoraca, designando a Rosario como su capital. Los límites del cantón se corresponden con los de las comunidades mencionadas. El Instituto Geográfico Militar es responsable de la delimitación de estos límites, conforme al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.
LEY Nº 6
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1.- Se erige en cantón de la Provincia Pacajes a las comunidades Pahaza, Sique, Taracollo, Condoraca y Jumita Condoraca, designándose como su capital a la población de Rosario. Los limites cantonales serán los de las comunidades indicadas.
Artículo 2.- De conformidad con el artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de su delimitación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 15 de septiembre de 1960.
Fdo. Juan Lechín O., Presidente del H. Senado Nacional, Egberto Ergueta Q., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Julio Calvo C., Senador Secretario, Francisco Morales P., Senador Secretario, Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario, Mario Roncal A., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. E. Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.