La Ley N° 607, promulgada el 9 de marzo de 1984, declara el estado de emergencia en la ciudad de La Paz debido a desastres por lluvias torrenciales. Autoriza al Poder Ejecutivo a asignar una partida extraordinaria de mil millones de pesos bolivianos a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, utilizando recursos del fondo de Emergencia de Defensa Civil y de la Partida de Asignaciones Globales del Presupuesto Nacional.
LEY N° 607
LEY DE 9 DE MARZO DE 1984
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Declárase en estado de emergencia a la ciudad de La Paz, como consecuencia de los desastres causados por las lluvias torrenciales.
Artículo 2. Se autoriza al Poder Ejecutivo asignar una partida extraordinaria de un mil millones de pesos bolivianos a favor de la H. Alcaldía Municipal de La Paz, con cargo al fondo de Emergencia de Defensa Civil y a la Partida de Asignaciones Globales del Presupuesto Nacional.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Gualberto Claure Ortuño, Luis Añez Alvarez, Ramiro Barrenechea, Federico Alvarez Plata.