La Ley N° 613, promulgada el 28 de marzo de 1984, declara de máxima prioridad la construcción de la Ruta Diagonal, que conecta Oruro, Uncia, Sucre, Monteagudo y Chaco, por su importancia para la integración, desarrollo económico y seguridad nacional. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar empréstitos para financiar el diseño y construcción de dicha ruta.
LEY N° 613
LEY DE 28 DE MARZO DE 1984
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Primero. Declárase de máxima prioridad para la integración, el desarrollo económico y la seguridad nacional, la construcción de la Ruta Diagonal, especial eslabón geopolítico de la República, ya propuesta por Jaime Mendoza que comprende la red troncal Oruro - Uncia - Sucre - Monteagudo - Chaco.
Artículo Segundo. Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar la obtención de empréstitos destinados al financiamiento del diseño definitivo y de la construcción de la Ruta Diagonal.
Comuniquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciseis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Gualberto Claure Ortuño, Luis Añez Alvarez, Heberto Castedo Lladó, Ramiro Barrenechea Zambrana, Alfonso Ferrufino Valderrama.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Hernando Poppe Martinez.