La Ley N° 651, promulgada el 17 de octubre de 1984, establece la creación del Cantón Figueroa en la provincia Inquisivi del departamento de La Paz, delimitado al norte por los cantones Licoma y Charapaxi, al sur por Quime, al este por Camillaya y al oeste por Choquetanga. El cantón incluye las comunidades de Cochabambita, Chocñocata, Milla Milla, Sopocari, Ramada, Picullpaya, Jucumarini e Irupaya. El Instituto Geográfico Militar es responsable de realizar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.
LEY N° 651
LEY DE 17 DE OCTUBRE DE 1984
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Créase el Cantón Figueroa, en la jurisdicción de la provincia Inquisivi del departamento de La Paz, con los siguientes límites: al norte, con el cantón Licoma y Charapaxi; al sur, con el cantón Quime, al este, con el cantón Camillaya, y al oeste, con el cantón Choquetanga.
Artículo Segundo. El cantón Figueroa comprende las siguientes comunidades: Cochabambita, Chocñocata, Milla Milla, Sopocari, Ramada, Picullpaya, Jucumarini e Irupaya.
Artículo Tercero. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6o del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1050, queda encargado de efectuar las delimitaciones del cantón Figueroa, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dos días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Mario Rolón Anaya, Guido Camacho Rodriguez, Jaime Villegas Duran.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata.