La Ley N° 657, promulgada el 18 de octubre de 1984, crea el cantón Yaruma, con capital en la misma localidad, dentro de la provincia Modesto Omiste, Departamento de Potosí, abarcando las comunidades de Curcuncha, Calderilla, Puca Yaco, Molle, Huayco, El Monte y Cumbre. Establece límites geográficos al norte con la provincia Sur Chichas, al sur con el cantón Moraya, al este con la provincia Sur Chichas y al oeste con el cantón Chipi Waykho. El Instituto Geográfico Militar es responsable de realizar las delimitaciones, elaborar el plano correspondiente y fijar los hitos.
LEY N° 657
LEY DE 18 DE OCTUBRE DE 1984
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Créase el cantón Yaruma, con capital del mismo nombre, en la jurisdicción de la provincia Modesto Omiste, del Departamento de Potosí, en base a las siguientes comunidades; Curcuncha, Calderilla, Puca Yaco, Molle, Huayco, El Monte y Cumbre.
Artículo Segundo. Los límites son los siguientes; al norte, con la provincia Sur Chichas; al sur, con el cantón Moraya; al este, con la provincia Sur Chichas, y al oeste, con el cantón Chipi Waykho.
Artículo Tercero. El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo N° 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Comuniquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dos días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Mario Rolón Anaya, Guido Camacho Rodriguez, Jaime Villegas Duran.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y ocho días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata.