El Decreto Supremo Nº 3453 aprueba la enajenación gratuita de dos lotes de terreno del Gobierno Autónomo Municipal de Arani a la Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre”, conforme a la Resolución Municipal N° 091/2014. Los terrenos, de 55,0766 hectáreas en Chinguri-Villa Flores y 6,8675 hectáreas en Collpa Baja, deben ser utilizados exclusivamente para un Campus Universitario Policial. Si se les da otro uso, los terrenos revertirán al Gobierno Autónomo Municipal de Arani.
LEY N° 657
LEY DE 24 DE FEBRERO DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.
I. De conformidad con lo establecido por el Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 13 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación a título gratuito, de dos (2) lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Arani, en favor de la Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre”, conforme a lo establecido en la Resolución Municipal N° 091/2014, de 30 de septiembre de 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
1. Lote de terreno con una extensión superficial de 55,0766 hectáreas, ubicado en la zona Chinguri-Villa Flores, de la localidad de Arani del departamento de Cochabamba.
2. Lote de terreno con una extensión superficial de 6,8675 hectáreas, ubicado en la zona de Collpa Baja, de la localidad de Arani del departamento de Cochabamba.
II. Los lotes de terreno transferidos, serán utilizados exclusivamente para la construcción de dependencias destinadas a un “Campus Universitario Policial”.
III. En caso de otorgarse otra finalidad, los terrenos transferidos a título gratuito, serán revertidos de forma inmediata al Gobierno Autónomo Municipal de Arani.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los once días del mes de febrero de dos mil quince años.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, A. Claudia Tórrez Diez, Erik Morón Osinaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil quince.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez, Hugo José Siles Nuñez del Prado.