La Ley N° 666, promulgada el 1 de noviembre de 1984, establece la creación de la Segunda Sección de la Provincia Linares en el Departamento de Potosí, con capital en Caiza "D". Esta nueva sección incluye los cantones Tuctapari, Cuchu-Ingenio, La Lava y varios villorios y ayllos. Se definen sus límites geográficos en relación con las provincias y cantones adyacentes. El Instituto Geográfico Militar es designado para realizar las delimitaciones y elaborar el plano correspondiente.
LEY N° 666
LEY DE 1° DE NOVIEMBRE DE 1984
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Créase la Segunda Sección de la Provincia Linares del Departamento de Potosí, con su capital Caiza "D", comprendiendo dentro de su jurisdicción a los Cantones Tuctapari, Cuchu-Ingenio, La Lava y los villorios Chajnacaya, chillama, Poncochi, así como los ayllos Chorcha, Kollana, Mangasaya, Kapakanaca y Uruquilla, siendo los límites de la Segunda Sección; al Norte con la Provincia Tomas Frias, al Sur con la Provincia Nor Chichas, al Este con el Cantón Vilacaya y la Provincia Nor Chichas y al Oeste con la Provincia Quijarro.
Artículo Segundo. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Artículo 6o del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la Segunda Sección, levantando el plano correspondiente y fijando los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Luis Pelaez Rioja, Guido Camacho Rodriguez, Jaime Villegas Duran.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata.