La Ley N° 667 autoriza a la Alcaldía Municipal de Cochabamba a adjudicar 3.500 metros cuadrados de terreno en la zona de Alalay a periodistas, conforme a la Resolución No. 883 y la Ordenanza Municipal No. 3021, previa cancelación de impuestos. Las viviendas sociales que se construyan en este terreno serán inalienables e inembargables, garantizando su carácter de patrimonio familiar.
LEY N° 667
LEY DE 1° DE NOVIEMBRE DE 1984
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Autorízase a la Alcaldía Municipal de Cochabamba la adjudicación de 3.500 metros cuadrados de terreno situados en la zona de Alalay de la ciudad de Cochabamba, de acuerdo con la Resolución No. 883 y la Ordenanza Municipal No. 3021 de fechas 23 de julio y 7 de agosto del presente año, respectivamente, en favor de periodistas mencionados en esas disposiciones, previo pago de impuestos. Esta adjudicación está destinada a viviendas sociales que, por ese mismo caracter, serán inalienables e inembargables como patrimonio familiar.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Luis Pelaez Riojas, Guillermo Richter Ascimani, Jaime Villegas Duran.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Guillermo Capobianco R.