La Ley N° 67 establece que los Jefes y Oficiales egresados de la extinta Escuela Militar de Transmisiones y Enlaces “General Pando” tienen derecho a la equivalencia de sus estudios con el Ciclo Secundario para la obtención del Diploma de Bachiller en Humanidades. Las universidades deben exigir un certificado de la Dirección de Institutos Militares y el Título de Provisión Nacional del egresado para otorgar dicho diploma.
LEY N° 67
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Articulo Único. A los efectos de la obtención del Diploma de Bachiller en Humanidades, se reconoce a los Jefes y Oficiales egresados de la extinguida Escuela Militar de Transmiciones y Enlaces “General Pando”, la equivalencia de los estudios realizados en el nombrado Instituto Militar, con los del Ciclo Secundario.
Las Universidades del país para otorgar el indicado diploma, exigirán que el impetrante acredite su condición de egresado del referido Instituto con un certificado de la Dirección de Institutos Militares y el Título de en Provisión Nacional otorgado a tiempo de su egreso.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 13 de diciembre de 1960.
Fdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional, C. Ayala Mercado, Presidente de la H. Cámara de Diputados, F. Ayala Requena, Senador Secretario, Ciro Humboldt, Senador Secretario, Armando Mollinedo, Diputado Secretario, Gmo. Muñoz de la Barra, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman V., Ministro de Educación y Bellas Artes.