El Decreto Supremo Nº 3453 aprueba el Contrato de Servicios Petroleros para la Exploración y Explotación del Área Carohuaicho 8A, en Santa Cruz, a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), suscrito el 24 de diciembre de 2014 entre YPFB y YPFB CHACO S.A., conforme al Artículo 362, Parágrafo II, de la Constitución y la Ley N° 609. Se remite al Órgano Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 670
LEY DE 9 DE ABRIL DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con lo establecido por el Artículo 362, Parágrafo II, de la Constitución Política del Estado, y la autorización dispuesta por la Ley N° 609 de 24 de noviembre de 2014, se aprueba el Contrato de Servicios Petroleros para la Exploración y Explotación de Áreas Reservadas, a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, correspondiente al Área Carohuaicho 8A, ubicada en el Departamento de Santa Cruz, suscrito en fecha 24 de diciembre de 2014, entre YPFB y la Empresa YPFB CHACO S.A.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil quince.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña**,** Rubén Medinaceli Ortíz, Victor Hugo Zamora Castedo**,** Nelly Lenz Roso, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril del año dos mil quince.
FDO. EVO MORALES AYMA , Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Sánchez Fernández, Marianela Paco Durán.