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Ley690 Vigente

Ley N° 690

Asamblea Legislativa Plurinacional
28 de diciembre de 1984

28 DE DICIEMBRE DE 1984 .- Declárase de prioridad nacional la reconstrucción del camino carretero Anzaldo - Viña Rio Caine Toro Toro y la conclusión del camino Torotoro - Carasí.

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Antigüedad
41 años

LEY N° 690

LEY N° 690 LEY DE 28 DE DICIEMBRE DE 1984

HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

Artículo 1

Declárase de prioridad nacional la reconstrucción del camino carretero Anzaldo - Viña Río Caine - Torotoro y la conclusión del camino Torotoro – Carasí.

Artículo 2

La ejecución del trabajo estará a cargo del Servicio de Caminos distrito Cochabamba, bajo supervisión y cooperación económica de las Corporaciones de Desarrollo de los departamento de Cochabamba y Potosí.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Mario Rolón Anaya, Guillerno Richter , Jaime Villegas Duran.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Hernando Poppe .

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